¿Quién puede solicitar la pensión de viudez?

– Esposa(o) o concubina(rio) de una persona asegurada o pensionada fallecida ante el IMSS.
– Nota: Si existen dos o más esposas(os) o concubinas(rios), ninguno tendrá derecho a la pensión.

 

Requisitos Generales:

1. Condiciones para recibir la pensión:
– Esposa(o) o concubina(rio) de la persona asegurada o pensionada fallecida en los seguros de:
– Riesgos de Trabajo
– Invalidez
– Retiro
– Cesantía en Edad Avanzada
– Vejez
– Para concubina(rio):
– Haber vivido con la persona asegurada como si fuera su matrimonio durante los cinco años previos a su muerte, o
– Haber procreado o adoptado hijos con la persona asegurada.
– Ambos deben haber permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

2. Período de cotización:
– Para asegurados: Mínimo 150 semanas de cotización al momento de la muerte.
– Para seguros de Riesgos de Trabajo: No se requiere período de cotización.

3. Condiciones adicionales:
– Para viuda(o) – esposa(o): Acreditar el vínculo matrimonial.
– Para viuda(o) – concubina(rio): Acreditar la relación de concubinato.
– Para fallecimiento por riesgo de trabajo: Requiere Dictamen de Incapacidad Permanente o Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3.
– Para fallecidos con pensión de incapacidad permanente: Mínimo 150 semanas de cotización si la muerte es por causa distinta a un riesgo de trabajo.

 

Documentación Requerida

Documentos de la Persona Asegurada

1. Persona asegurada fallecida:
– Copia simple para el expediente y original/copia certificada para cotejo:
– Estado de cuenta de la AFORE (antigüedad no mayor a seis meses).
– Original o copia certificada para el expediente:
– Acta de Nacimiento, Adopción o Reconocimiento.
– Acta de Defunción.

2. Persona pensionada fallecida:
– Original o copia certificada para el expediente:
– Acta de Defunción.

3. Persona pensionada desaparecida:
– Copia certificada de la denuncia presentada por la desaparición del pensionado.

Documentos de la Persona Beneficiaria

1. Copia simple para el expediente y original/copia certificada para cotejo:
– Identificación oficial con fotografía vigente.
– Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses).
– Documento que identifique el Número de Cuenta y CLABE del beneficiario.

2. Original o copia certificada para el expediente:
– Acta de Nacimiento, Adopción o Reconocimiento.

3. Esposa(o):
– Original o copia certificada para el expediente:
– Acta de Matrimonio (expedida no mayor a 90 días antes de la solicitud).

4. Concubina(rio):
– Original o copia certificada para el expediente:
– Resolución judicial que acredite la relación de concubinato (mínimo 5 años).

 

Información Adicional

– Trámite a través de apoderado o representante legal:
– Identificación oficial con fotografía vigente.
– Documento que acredite la personalidad (poder notarial, acta de tutela, etc.).

– Comprobación de supervivencia:
– Obligatoria para personas pensionadas y sus asignatarios.
– Actualización de información personal y CURP.
– Comprobación presencial cada seis meses para residentes en el extranjero.

 

Horarios y lugares de atención
– Ventanilla del Control de Prestaciones Económicas en la Unidad de Medicina Familiar de adscripción: 8:00 a 15:00 horas.
– Para Ciudad de México y Estado de México:** Subdelegaciones correspondientes.

 

Publicación Oficial
– Fecha de publicación: Diario Oficial de la Federación, 22 de abril de 2024.

 

Si necesitas más información, estamos aquí para ayudarte.

 

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